Grupo Aseguranza

inicio
10 de febrero
08:01 2023
Compartir

La hipertensión o diabetes no son causas para denegar una indemnización por muerte por Covid-19

Helvetia Seguros ha sido condenada a pagar 100.000 euros a la viuda de un hombre de 55 años que falleció por Covid-19 en abril de 2020, además los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y las costas del procedimiento

La compañía de seguros alegó en su defensa que su asegurado no había explicado en el cuestionario previo a la contratación de la póliza de Vida que padecía hipertensión y diabetes tipo 2, indicando que estas patologías médicas ocultadas por el asegurado fueron las que finalmente conllevan su fallecimiento.

Sin embargo, el abogado Vicente Rodrigo del despacho de abogados Basilea en defensa de su cliente demostró que "no había relación de causalidad entre las patologías médicas ocultadas por el asegurado y las que finalmente conllevan su fallecimiento, puesto que si la causa de la muerte no está relacionada con las dolencias que el asegurado no declaró, la compañía aseguradora no podrá denegar el pago de las indemnizaciones pactadas en la póliza ya que tales omisiones en modo alguno habrían determinado ni el fallecimiento del asegurado ni la posibilidad de la compañía de seguros de haber denegado la contratación de la póliza".

Análisis del caso

La sentencia declara probado que el día 17 de abril de 2019, el asegurado, que en esa fecha tenía 55 años, llevó a cabo la suscripción de una póliza de seguros anual renovable denominada 'Vida Riesgo', con la aseguradora Helvetia, a través de un agente mediador de la compañía. Entre otros riesgos la póliza cubría el de fallecimiento del asegurado por cualquier causa con una suma de 100.000 euros sin revalorización, a cambio del pago de una prima anual de 528,89 euros.

La compañía de seguros no efectuó un reconocimiento médico al asegurado, pero sí le sometió a un cuestionario de salud, en el que se le preguntaba acerca de sus características físicas, sus hábitos de salud, así como sobre una serie de enfermedades o patologías médicas que se enumeraban a lo largo del cuestionario. La sentencia reconoce, en este sentido, que el asegurado no dijo la verdad en el cuestionario y que ocultó enfermedades previas por las que recibía tratamiento, tal y como constató durante el juicio su médico de cabecera. 

No puede afirmarse

que exista el nexo de causalidad necesario

para calificar el comportamiento del asegurado

como contrario al deber del artículo 10 LCS

Continuando con el relato de los acontecimientos, el día 25 de abril de 2020, el asegurado fallecía estando ingresado en un hospital público madrileño a causa del Covid-19. Según la documentación clínica aportada tras la autopsia la muerte fue debida una hipoxemia respiratoria, derivada de un síndrome de distrés respiratorio agudo motivado por la neumonía causada por el virus Covid-19, causas que en absoluto tienen relación con sus enfermedades previas.

Con todo, la aseguradora denegó el pago a la viuda del asegurado fallecido, alegando que tras el examen de su historial clínico se observaba que el asegurado padecía hipertensión arterial y diabetes tipo 2. La compañía aseguradora sostenía que estas dolencias habían sido determinantes para que el asegurado falleciera tras contraer el Covid-19, pues consideraba que de no haber padecido estas dolencias el asegurado habría sobrevivido, pero la sentencia dictada por el juzgado de Getafe concluye que "la causa de la muerte fue por Covid-19, el cual afectó a los pulmones y no otros órganos, y que el historial clínico del asegurado obrante en autos en modo alguno podía llevarnos a concluir que las patologías previas tuvieran relación con la causa de la muerte".

La sentencia rechaza el argumento de la aseguradora puesto que, sin poner en duda que el asegurado estaba aquejado de estas dolencias, en modo alguno puede llegarse a la conclusión que de forma tan particular hace la compañía de seguros, pues no puede afirmarse que exista el nexo de causalidad necesario para calificar el comportamiento del asegurado como contrario al deber del artículo 10 LCS.

"Como sosteníamos en nuestra demanda, la sentencia concluye que la causa de la muerte fue por Covid-19, el cual afectó a los pulmones y no otros órganos, y que el historial clínico del asegurado obrante en autos en modo alguno podía llevarnos a concluir que las patologías previas tuvieran relación con la causa de la muerte, ya que no se evidenciaba que el asegurado tuviese diagnosticada ninguna dolencia pulmonar. Como bien concluye la sentencia, la neumonía que el virus causó en los pulmones del asegurado le provocó un síndrome de distrés respiratorio agudo que acabó finalmente con su vida, sin que la compañía de seguros haya acreditado que esta circunstancia tenga nada que ver ni con la hipertensión ni con la diabetes", explica el abogado.

Esta sentencia resuelve una cuestión relevante y de plena actualidad, como es el rechazo que de forma sistemática algunas compañías aseguradoras están llevando a cabo a la hora de abonar los capitales garantizados en sus pólizas cuando sus asegurados han fallecido a causa del Covid-19, explican desde Basilea Abogados, quienes también han indicado a Carta del Seguro la dificultad que se han encontrado al no existir ninguna jurisprudencia sobre esta cuestión.

Si quiere recibir diariamente y GRATIS noticias como esta, pinche aquí