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09 de febrero
13:12 2024
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¿Cubre el seguro de mercancías los posibles daños causados por las protestas de agricultores?

En España, ya van 6 jornadas de movilizaciones por parte de agricultores y ganaderos. Y, hasta el momento, dejan un balance de 31 detenidos y 3.134 denuncias por infracciones a la Ley de Seguridad Ciudadana. Y este fin de semana se han unido a las protestas los transportistas.

Marsh España se plantea si el seguro de mercancías cubrirá los daños o pérdidas que causen estas movilizaciones. En primer lugar, Javier Casells, manager de Marine, Cargo & Logistics de Marsh Specialty en Marsh España, explica que las pólizas de mercancías "cubren los daños y/o la pérdida que pudiera sufrir la mercancía con ocasión de su transporte, pudiendo incluir los derivados de las huelgas". Por lo tanto, eso no significa que estos seguros lo cubran siempre. "De este modo, ni es automático, ni cubre todos los posibles escenarios", aclara el experto.

Según apunta Javier Casells, "los seguros de mercancías suelen incorporar en sus clausulados lo que se denominan condiciones inglesas, denominadas Institute Cargo Clauses o ICC", que "son unos condicionados estandarizados e internacionalmente aceptados emitidos por el ILU, Instituto de Aseguradores de Londres".

Como es lógico, todo depende de las modalidades contratadas. "En sus modalidades base (ICC A, B o C), se excluyen de manera genérica y estándar los daños y/o pérdidas derivados de huelgas o cierres patronales que, no obstante, pueden asegurarse opcionalmente contratando las denominadas 'institute strike clauses', en virtud de las cuales pueden cubrirse algunos escenarios derivados de huelgas, motines, algarabías…", detalla el manager de Marine, Cargo & Logistics de Marsh Specialty en Marsh España.

En principio, como señala el portavoz de Marsh, el seguro de mercancías "no cubre los daños derivados del mero paro o cese de actividad, como podría ser una mercancía que queda sin recogerse en origen o parada en un camión". Para que esta póliza entre en juego en este contexto de movilizaciones, Javier Casells especifica que se exige "un daño físico causado por un hecho cubierto como pudiera ser que, fruto de un piquete, se incendiara un camión o que un huelguista manipulase un equipo de frío o similares, casos que sí quedarían a priori cubiertos".

Y puntualiza que "tampoco se cubren las demoras o retrasos derivados de huelga ni tampoco los daños derivados de dicha demora o retraso ni a nivel general ni en el específico de la mercancía congelada o refrigerada". "El motivo es que, a nivel general, la demora y el daño derivado de ésta se excluyen en todas las modalidades de ICC. Y también queda fuera para mercancía congelada o refrigerada en tanto que la demora derivada de huelga se excluye por la cláusula 6 de las cláusulas generales para mercancía congelada/refrigerada, y no se modifica ni amplía en las denominadas 'extensiones de cobertura para mercancía congelada'", amplía.

¿Y quién contrata estos seguros? "Estos seguros los contratan los cargadores (fabricantes, distribuidores, traders…), pero también pueden contratarlos transportistas y transitarios por cuenta ajena para cubrir el interés que sobre la carga tienen sus clientes", esclarece Javier Casells.

Y concluye: "En resumen, un asunto complejo, dado que las coberturas son limitadas y, muchas veces, el perjuicio deriva de la parada sin que existan daños materiales como tal salvo los que el paso de tiempo pudiera causar; por ejemplo, en el caso de mercancías perecederas. Con lo que se recomienda prudencia en los envíos sensibles mientras dure la huelga y una comunicación continua con su bróker de seguros".

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