El Gobierno aprueba la regulación formativa de los distribuidores de seguros y ya está en el BOE
El Consejo de Miistros ha aprobado la regulación formativa de los distribuidores de seguros, completando así la transposición de la IDD, que era la pata que faltaba pero no hay que olvidar aún está en proceso de enmiendas aunque ya está en vigor. Y hoy mismo el BOE acaba de publicar el Real Decreto.
Estaba previsto que en el transcurso de estas semanas se completase una parte del paquete normativo relacionado con seguros y el Consejo de Ministros ha incluido y aprobado dos de los reales decretos pendientes. La primera de las normas aprobadas es el Real Decreto sobre formación y remisión de la información estadísticocontable de los distribuidores de seguros y reaseguros, por la que se regula la formación inicial y continua que deben tener las personas que comercializan seguros. Como explica el Gobierno, en lo que atañe al ámbito de la formación, se garantiza que los distribuidores de seguros "tienen los conocimientos necesarios de los productos que venden y que se adecuan a las necesidades de los clientes, protegiendo de esta forma los intereses de los asegurados". "Se trata de un aspecto esencial para garantizar que asegurados y ahorradores reciben una información adecuada sobre precios y coberturas y comprenden bien los seguros que les ofrecen", observa.
La norma afecta a todos los profesionales de la mediación de seguros y a aquellos empleados de las entidades que distribuyan productos directamente. En concreto, se refiere tanto el personal como los colaboradores de los mediadores como de las aseguradoras "cuando intervengan en el proceso de comercialización de seguros, proporcionando información o asesoramiento a clientes".
Horas de formación
El texto aprobado no implica novedades en cuanto a las horas de formación. En el Real Decreto se establecen los conocimientos y aptitudes que deben tener los distribuidores de seguros y se fijan 3 niveles de formación. En primer lugar, tendrán que acreditar 300 horas de formación los responsables de distribución en las aseguradoras, los operadores de bancaseguros y los corredores de seguros y reaseguros; en segundo lugar, los agentes de seguros y empleados de aseguradoras que presten asesoramiento deberán acreditar 200 horas; por último, los agentes y empleados que solo ofrecen información deberán contar con 150 horas de formación.
El Gobierno precisa que para acreditar las horas se tendrá en cuenta la formación previa certificada y se contempla un régimen de homologación para los distribuidores que ya desarrollen esta actividad. "Asimismo, se establece como novedad la exigencia de mantener una formación continua de entre 15 y 25 horas anuales", añade.
Tablas biométricas
Por otro lado, también se ha aprobado un Real Decreto que a su vez modifica tres reglamentos de seguros. También se acaba de publicar en el BOE. Por un lado, se completa la transposición de la Directiva 2017/828 sobre implicación a largo plazo de accionistas, obligando a las aseguradoras y reaseguradoras publiquen su política de implicación como accionista en sus inversiones en sociedades cotizadas; por otro, de la Directiva 2019/2177, que a su vez que modifica diversas directivas financieras, entre ellas la de Solvencia II, en cuanto a intercambio de información y cooperación entre supervisores nacionales y el supervisor europeo.
Y la otra novedad es que se modifica la regulación de las tablas biométricas. El Real Decreto establece la obligatoriedad de usar tablas biométricas "actualizadas, fiables y robustas, factor esencial para preservar la estabilidad del sector asegurador", afirma el Goobierno. Considera que en el caso de los seguros de Ahorro, "la actualización de las tablas garantiza la suficiencia de las provisiones técnicas y la solvencia de las entidades aseguradoras". Y en seguros de Vida Riesgo y Decesos, "la utilización de tablas actualizadas garantiza que las primas cobradas son proporcionales a los riesgos cubiertos".
Al margen, también se ha acordado modificar el Reglamento de seguros agrarios combinados para recoger la participación del Consorcio de Compensación de Seguros en el Consejo de Agroseguro.
Para el Consejo General, no es posible su aplicación
Tras conocerse la aprobación de la norma, el Consejo General emitió un comunicado en el que valora que el Real Decreto "no deja completamente diseñado todavía el nuevo modelo de formación y no es posible, por lo tanto, su aplicación".
Recuerda que queda pendiente de aprobación la resolución de formación, "que acabará desarrollando los contenidos y las condiciones de la formación. Los mediadores estiman, por tanto, que la publicación de esta resolución será inminente. A partir de ahí, deberá establecerse también cómo afecta a los sistemas organizativos y de gestión de los centros de formación". También señala que la Ley de Distribución está sometida en estos momentos a trámite de enmiendas, "entre las cuales los mediadores introdujeron varias referidas al ámbito de la formación. No obstante, esta circunstancia no impide su aplicación en aquellos términos que establezca el Real Decreto".