La figura del colaborador externo del mediador de seguros, a examen
En la distribución de seguros, los colaboradores externos desempeñan un trabajo fundamental. Sin ellos, quizás, corredores y agentes podrían llegar a perder incluso una parte importante del volumen de primas que intermedian cada año. Sin embargo, surgen preguntas en torno a sus derechos y obligaciones. Es una figura que no existe en ningún país de la UE y, prácticamente, toda su regulación se concentra en un artículo de un Real Decreto-ley que transpuso al ordenamiento jurídico español la IDD pero también otras Directivas que poco o nada tenían que ver con el seguro. Con la ayuda de dos expertos, disipamos todas las dudas en cuanto su definición, incompatibilidades, funciones y requisitos.
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