Grupo Aseguranza

inicio
01 de diciembre
10:33 2016
Compartir

La DGSFP resuelve a favor de un cliente por el mal asesoramiento de su correduría

En un caso de disconformidad con la información suministrada, la DGSFP ha resuelto a favor de un cliente que recibió un asesoramiento inadecuado de su correduría. En concreto, el reclamante trasladó al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP que contactó con su correduría para gestionar la contratación de nuevos seguros y mejorar los que ya contaba.

“Según el reclamante, se enviaron a la correduría escritos solicitando la baja de la póliza con la que tenía suscrito el seguro, así como diversas autorizaciones. Sin embargo, se pasaron al cobro a la cuenta del reclamante dos recibos de primas, uno, correspondiente a la póliza con el que el reclamante tenía suscrito el seguro y, otro, derivado del seguro suscrito con la nueva entidad”, detalla. Pero la entidad mediadora afirmaba en su escrito que informó al cliente que debía comunicar la baja a la compañía de seguros con la que tenía suscrita el seguro con un plazo de más de 2 meses al vencimiento de la póliza.

La DGSFP detalla que el reclamante aportaba un correo de la entidad mediadora, relativo a la anulación del seguro, en el que le remitía un modelo de carta de oposición a la prórroga del contrato, con el objeto de que el reclamante la devolviese firmada para hacerla llegar a la entidad aseguradora con la que tenía suscrito el contrato. El reclamante, en el mismo día, procedió a devolver la documentación solicitada. No obstante, analizada la documentación aportada, este Servicio, verificó que, el plazo a la fecha del correo respecto a la fecha de vencimiento era inferior al plazo que el artículo 22 de la ley de contrato de seguro establece para la oposición a la prórroga.

La conclusión que expone la DGSFP es que “los corredores tienen la obligación de asesorar adecuadamente a sus clientes, especialmente en aquellos casos en los que realizan un ofrecimiento para realizar trámites acerca del ejercicio de la oposición a la prórroga de los contratos, advirtiendo de las consecuencias que pueden acarrear a sus clientes”.