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29 de febrero
10:33 2024
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Así afecta el IVA a las actividades de mediación de seguros

La cuestión de fondo es qué actividades de mediación de seguros están exentas del IVA y cuáles no, a qué productos afecta en función del marco normativo y doctrinal vigente. Es lo que analiza en MediarioNews Ángel M. Ceniceros, socio Área Fiscal FLM Experts y asesor fiscal y mercantil del Colegio de Barcelona, recordando que el artículo 20 Uno 16º de la Ley de IVA establece la exención de las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización. También apunta que incluye "los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de las anteriores operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste".

Por otro lado, señala que la exención "se define como objetiva, es decir, se aplica con independencia de quién preste el servicio, y, por lo tanto, con independencia de la titulación requerida se aplicará la exención. Especial consideración merece el hecho de que, si se ofrecen otros servicios adicionales por parte de los agentes implicados, estos servicios no estarán exentos de IVA; es el caso de todas aquellas operaciones no vinculadas directamente a la actividad aseguradora o de mediación".

Servicios no exentos

Junto al contexto anterior, el experto recuerda que desde la entrada en vigor del precepto, la Dirección General de Tributos ha perfilado el "contorno" de la exención, con aquellos servicios incluidos en el ámbito de la exención y los que no lo están. Enumera los siguientes servicios que no se consideran exentos:

-Análisis y divulgación de riesgos, medidas para su reducción y actuaciones en caso de siniestros.

-Gestión de siniestros en favor de otras entidades aseguradoras.

-Gestión de cobro de recibos o de pagos.

-Funciones de cobranza de recibos para una sociedad dedicada a la intermediación en la venta de seguros.

-Las actividades realizadas por el colaborador avisador presentador. Realiza meramente funciones comerciales, no relacionadas con la actividad de mediador, sino que se dedica a detectar clientes y poner en contacto a las partes interesadas.

-La comparación de seguros, consistente principalmente en prestar servicios de asesoramiento relativos a la búsqueda de la mejor oferta en materia de seguros, análisis de las pólizas, recomendación de tipos de coberturas, entre otros, efectuados para un cliente.

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