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27 de abril
08:36 2017
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El Anteproyecto de la IDD estará listo como tarde para la próxima semana

El subdirector general de Ordenación y Mediación de la DGSFP, Raúl Casado, ha anunciado que el Antrepoyecto de la Ley de Distribución estará listo “para esta semana o a más tardar a la próxima” como tarde con el fin de “empezar a impulsar la tramitación administrativa que debería culminar en la ley”.

Se ha mostrado confiado en alcanzar los plazos, aunque también tiene dudas porque las leyes de distribución “siempre resultan absolutamente complicadas”. En un encuentro en el Centro de Investigación de Seguros del Instituto de Empresa ha señalado que según avanza el proceso de tramitación de la norma “todo se complica” puesto que hay “muchas opiniones divergentes, incluso en las propias asociaciones” y se cuenta con un gran número de interlocutores.

La sensación que trasmitió el subdirector es que todavía se deben esperar más cambios en el texto final puesto que en repetidas ocasiones en su discurso introdujo la expresión “por ahora”. Uno de estos cambios lo adelantó y será que el anteproyecto contemplará de nuevo el concepto de agente vinculado y exclusivo.

El que no vende, fuera de la ley

En su ponencia recordó los puntos centrales del borrador de la ley. Dedicó gran parte de su exposición y las preguntas de la sala a hablar de los colaboradores externos. Dejó claro que aquellos, los que se venían conociendo como auxiliares externos, que únicamente cumplen funciones administrativas y no tienen relación con la venta, quedan fuera de la ley. Por el contrario, los auxiliares asesores que formaban parte de la venta sí deben cumplir con lo estipulado en la Ley de Distribución.

Más allá de las cuestiones que afectan a las figuras de la distribución, el subdirector se refirió a las obligaciones de información que contempla la ley. Destacó la importancia de que el cliente conozca a la hora de hablar de retribuciones tanto la naturaleza (comisión o honorario) y la fuente (qué tipo de distribuidor vende el producto).

Añadió que habrá que realizar una nota informativa previa en No Vida en la que se trabaja sobre sus principales cuestiones. Respecto a Vida con componente de inversión recordó que está inspirado en la Mifid y señaló que es probable que el ordenamiento jurídico español también contemple las ‘ventas en ejecución’, aunque habrá que ver lo que el legislador europeo señala a este respecto en cuanto a características y tipos de productos que estarían exentos de la entrega de información tan exhaustiva.

Llegar ‘fetén’

Confirmó el subdirector que habrá un régimen transitorio de adaptación para la entrada en vigor de la IDD como adelantó Carta del Seguro. En términos generales señaló que habrá un periodo de adaptación para todas las obligaciones de información y normas de conducta novedosas. Indicó que los contratos preexistentes no tendrán carácter retroactivo y afectará únicamente a los que se suscriban a partir de la entrada en vigor de la norma.

Para las compañías de seguros señaló que se ha convalidado la formación para todos los empleados que actualmente están en tareas de distribución y también para adaptarse a las nuevas obligaciones como solicitar inscripciones, realización de un registro interno o adaptarse a las políticas escritas. Respecto a los mediadores, también tendrán 6 meses aspectos como la adaptación de cuentas separadas de clientes; explicó que todos aquellos que figuren a día de hoy inscritos como mediadores podrán seguir ejerciendo su actividad profesional.

Mencionó que la DGSFP ha sido “muy generosa porque llevamos con plazos de adaptación bastante tiempo, no de manera formal, pero sí oficioso. Tenemos que llegar fetén”, explicó.

Olvidar antiguo asesoramiento

Raúl Casado indicó que hay que “quitarse de la cabeza” la antigua idea de asesoramiento más concentrada en el corredor de seguros. Ahora, según la nueva ley y en base a Mifid, se relaciona con el asesoramiento en la venta y lo puede llevar a cabo cualquier distribuidor.

Sobre este asunto se reflexiona en la revista de abril de Aseguranza. La mediación tradicional ya da por amortizado el término e incluso lo ve favorable siempre y cuando todos aquellos que tienen relación con la distribución estén bajo los mismos criterios regulatorios.